• david.alonso@easycomputer.es
  • THOFFOOD
  • No hay comentarios

En 2021 la Comisión Europea ya nos daba pistas sobre su futura propuesta de Reglamento para frenar y controlar la Deforestación importada, pidiendo una ampliación del Reglamento Europeo sobre las importaciones ilegales de madera a otros cinco productos: aceite de palma, soja, carne de vacuno, cacao y café.

Ahora, recién acordado el último texto entre el Consejo y el Parlamento Europeo se ha impulsado el futuro Reglamento que afectará a los productos ya mencionados y al caucho y la madera, quedando a la espera de su adopción formal en ambas Instituciones.

Las normas también se aplicarán a una serie de productos derivados, como el chocolate, la alimentación animal, el papel impreso, productos de higiene y limpieza, etc.

Se trata de un Reglamento muy ambicioso, ya que la UE es actualmente el segundo mayor responsable de la deforestación mundial, la cual conlleva la pérdida de la biodiversidad, contribución al cambio climático, incumplimiento de los Derechos Humanos… Revertir esta situación va a suponer una serie de cambios, tanto a nivel teórico (cambios legislativos) como prácticos, colosales.

El primero porque para la implantación de esta propuesta legislativa se ha creado un sistema de debida diligencia, que exige a las empresas que demuestren que con sus productos o servicios no contribuyen a la degradación de los bosques, y tampoco con los suministrados por sus proveedores, asegurando así que toda la cadena está libre de deforestación.

La debida diligencia no sólo contará con la recopilación de información y de documentos, sino que incluirá un sistema de geolocalización de todas las parcelas en las que se hayan producido las materias primas que contiene el producto en cuestión, o con las que se haya elaborado, así como la fecha o el intervalo de tiempo de producción.

Cualquier tipo de deforestación o degradación forestal que se haya cometido, descalificará automáticamente todos los productos y materias primas para su comercialización o exportación, y todo ello se controlará mediante unos sistemas de auditorías y controles que lo demuestren.

El sistema de debida diligencia se revisará al menos una vez al año y, en caso necesario, se adaptará a las novedades que puedan influir en el ejercicio de la diligencia debida. Los agentes llevarán un registro de las actualizaciones del sistema durante cinco años.

Todos estos cambios van a necesitar un control en las fronteras muy eficaz, y el papel de las autoridades aduaneras va a ser clave para controlar estos mecanismos mencionados anteriormente. Esto se realizará a través de una base de datos europea a la que las empresas deberán enviar toda la información antes de que se produzca la importación (ésta contribuirá a la mejora de la coordinación entre los Estados Miembros).

Todo ello va a requerir un enorme esfuerzo por parte de las empresas, pero también de las administraciones, un esfuerzo que ya veremos si rueda de forma suave o si el proyecto se va a encontrar con palos en la rueda que no hayan sido contemplados (los sectores ya están advirtiendo de que así será).

Quizás, la ambición haya sido mayúscula para el contexto en el que nos encontramos, y no estoy muy segura de si la ciudadanía está muy enterada del cambio tan gigante que va a suponer (aumento de precios, límites en las ofertas, desviación del comercio, mayor burocracia y papeleo…). Supuestamente las instituciones están legislando haciéndose eco del deseo de la ciudadanía, pero ya veremos si cuando la sociedad se entere de que estas normas no se están aplicando en ninguno de los otros continentes, les parece una iniciativa justa, y sobre todo cuando el cambio se materialice en subida de precios…

Por no mencionar, que los países productores de estas materias primas, no va a aplicar las nuevas normas tan fácilmente, puesto que, por el momento, tienen muchos otros compradores que no les exigen ningún certificado de sostenibilidad (China, India, Estados Unidos, fundamentalmente).

En definitiva, se trata de una legislación pionera que en principio puede interpretarse como un mensaje esperanzador, y del que, sin duda, España se va a aprovechar en su próxima presidencia del Consejo de la UE el semestre que viene, ya que se espera que en abril o mayo de 2023 esté disponible el texto final y que el Reglamento entre en vigor en torno a mayo o junio de este mismo año. Las empresas tendrán un periodo de adaptación de 18 meses, y las PYME un periodo extra de seis meses.

Prepárense, porque en 2025 el Reglamento ya estará en marcha.

 

Carmen Báguena Ferratges