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DATOS GENERALES: proyectos normativos por ministerio.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN:
1 LEY
8 REALES DECRETOS
DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030:
2 LEYES
12 REALES DECRETOS
ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA:
4 LEYES
8 REALES DECRETOS
INDUSTRIA Y TURISMO:
4 REALES DECRETOS
SANIDAD:
3 LEYES
17 REALES DECRETOS
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO:
5 LEYES
25 REALES DECRETOS

De 199 iniciativas del PAN: 75 corresponden al derecho de la UE, y 124 son puramente nacionales.

De ambas tablas se desprende – dentro del ámbito de nuestro interés – que medioambiente es el área de la que mayor número de iniciativas regulatorias han emanado; con casi diez iniciativas más que agricultura, ganadería y pesca, y alimentación y consumo.

LISTADO DE INICIATIVAS DE INTERÉS:

SOBRE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA:

REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS BÁSICAS DE ORDENACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES ATÍPICAS DE ANIMALES.
Objetivo: Actualizar la regulación existente de la ordenación sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones atípicas de animales, reguladas como núcleos zoológicos, que data de los años 70 y 80 del siglo pasado.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 178/2004, DE 30 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA LEY 9/2003, DE 25 DE ABRIL, POR LA QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA UTILIZACIÓN CONFINADA, LIBERACIÓN VOLUNTARIA Y COMERCIALIZACIÓN DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE.
Objetivo: Adecuar el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, a los cambios normativos europeos en la materia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DE DESARROLLO DE LA NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA DE SANIDAD ANIMAL, EN LO RELATIVO A LAS OBLIGACIONES DE VIGILANCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN.
Objetivo: Desarrollar los artículos 24 y 25 del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal»).
6 REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 53/2013, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS BÁSICAS APLICABLES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES UTILIZADOS EN EXPERIMENTACIÓN Y OTROS FINES CIENTÍFICOS, INCLUYENDO LA DOCENCIA.
Objetivo: Trasponer la Directiva (UE) 2024/1262 de la Comisión, de 13 de marzo de 2024, por la que se modifica la Directiva 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los requisitos relativos a los establecimientos y al alojamiento y al cuidado de los animales, y con respecto a los métodos de sacrificio de animales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS DENOMINACIONES COMERCIALES Y LAS DENOMINACIONES DE ALIMENTOS CONSERVADOS Y PREPARADOS APLICABLES A LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA.
Objetivo: Establecer las denominaciones comerciales de los productos pesqueros y de la acuicultura, así como las denominaciones de los alimentos en conserva y preparados aplicables a esos productos.

SOBRE ALIMENTACIÓN Y CONSUMO:

LEY DE CONSUMO SOSTENIBLE.
Objetivo: Actualización de la normativa de consumo en lo relativo al consumo sostenible. En concreto, se regulará el empoderamiento de los consumidores frente a la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y una mejor información; la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas; y el derecho a reparar.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS REALES DECRETOS 781/2013, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS RELATIVAS A LA ELABORACIÓN, COMPOSICIÓN, ETIQUETADO, PRESENTACIÓN Y PUBLICIDAD DE LOS ZUMOS DE FRUTAS Y OTROS PRODUCTOS SIMILARES DESTINADOS A LA ALIMENTACIÓN HUMANA; 863/2003, DE 4 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA LA ELABORACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y VENTA DE CONFITURAS, JALEAS, «MARMALADES» DE FRUTAS Y CREMA DE CASTAÑAS; Y 1054/2003, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA DETERMINADOS TIPOS DE LECHE CONSERVADA PARCIAL O TOTALMENTE DESHIDRATADA DESTINADOS A LA ALIMENTACIÓN HUMANA.
Objetivo: Trasponer una parte de la Directiva (UE) 2024/1438 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, por la que se modifican las Directivas 2001/110/CE, relativa a la miel, 2001/112/CE, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, 2001/113/CE, relativa a las confituras, jaleas y «marmalades» de frutas, así como a la crema de castañas edulcorada, destinadas a la alimentación humana, y 2001/114/CE, relativa a determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana, del Consejo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL ETIQUETADO ACCESIBLE DE PRODUCTOS DE CONSUMO.
Objetivo: La norma tiene por objeto la regulación de un etiquetado que garantice la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida de las personas con discapacidad, en especial de las personas con discapacidad visual, como personas consumidoras en situación de vulnerabilidad. El proyecto de real decreto da cumplimiento al mandato recogido en la disposición adicional primera de la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, por la que se mandata al gobierno, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, a regular reglamentariamente un etiquetado en alfabeto braille, así como en otros formatos que garanticen la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS DE DESARROLLO DEL ARTÍCULO 40 DE LA LEY 17/2011, DE 5 DE JULIO, DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN, PARA EL FOMENTO DE UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE Y SOSTENIBLE EN CENTROS EDUCATIVOS.
Objetivo: Desarrollar las medidas dirigidas al ámbito escolar para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos y establecer criterios de calidad nutricional y de sostenibilidad de los menús y los alimentos y bebidas que se ofertan en este tipo de establecimientos.
REAL DECRETO SOBRE REGULACIÓN DE LA PUBLICIDAD DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DIRIGIDA AL PÚBLICO INFANTIL.
Objetivo: Establecer normas relativas a la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores con el objetivo de reducir la exposición de los menores a la publicidad de alimentos altos en grasas, azúcares y sal y contribuir así a la reducción de las tasas de obesidad infantil.

COMERCIO

REAL DECRETO PARA LA GESTIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE SERVICIOS.
Objetivo: Desarrollo del procedimiento administrativo especifico para la gestión de los procedimientos de importación y exportación de servicios, como consecuencia de la modificación del art. 5 de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.

DERECHOS SOCIALES E INCLUSIÓN SOCIAL

LEY POR LA QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, DE 29 DE NOVIEMBRE, Y LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, PARA LA EXTENSIÓN Y REFUERZO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LA INCLUSIÓN, LA AUTONOMÍA Y LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL CONFORME AL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
Objetivo: Superar la cultura asistencialista y orientar el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia hacia un modelo basado en el enfoque de derechos y en la vida independiente con una atención personalizada, que mantenga conectada a las personas en situación de dependencia con su entorno comunitario, respete su voluntad y les permita, en su caso, con los apoyos necesarios, tener el control sobre las decisiones que afectan a su propia vida con el máximo grado de libre determinación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD COGNITIVA.
Objetivo: Aprobar el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva en desarrollo de la disposición adicional segunda de la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. Mediante este reglamento se establecen y regulan la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación, con el fin de contribuir al ejercicio de los derechos y deberes de la ciudadanía, así como garantizar la igualdad de oportunidades y no discriminación, de todas las personas y, en especial, de las personas con dificultades cognitivas.
REAL DECRETO POR EL QUE DESARROLLA LA LEY 7/2023, DE 28 DE MARZO, DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES.
Objetivo: Desarrollar reglamentariamente la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, estableciendo, entre otras cuestiones, el régimen jurídico aplicable a los animales de compañía y silvestres en cautividad, y los procedimientos de trazabilidad, identificación y registro de perros y hurones afectados por la exclusión recogida en el artículo 1.3.e) de la expresada ley, con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, respecto a las bases y coordinación de un único y homogéneo sistema nacional de identificación de las diferentes especies animales.
LEY PARA LA REDUCCIÓN DE LA DURACIÓN MÁXIMA DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO, EL REGISTRO DE JORNADA Y EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN.
Objetivo: En primer lugar, la ley tiene como objetivo la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo sin reducción salarial, a fin de mejorar las condiciones de trabajo, fomentar el desarrollo de otros derechos y actividades, mejorar el equilibrio entre la vida profesional y personal y mejorar el bienestar de las personas trabajadoras, reduciendo la carga física y mental, lo que redunda en una disminución del estrés laboral y la fatiga, que consecuentemente aumenta la productividad y reduce el riesgo de sufrir accidentes de trabajo. En segundo lugar, la norma persigue regular de forma más precisa los requisitos que debe cumplir el registro de jornada, como instrumento esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa de tiempo de trabajo y, en consecuencia, el derecho al descanso efectivo. Finalmente, la ley tiene como objetivo garantizar de manera efectiva el derecho a la desconexión, respetando así el derecho al descanso y a la propia intimidad de las personas trabajadoras.
REAL DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2026.
Objetivo: Cumplir con el mandato al Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional, contenido en el artículo 27.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

INDUSTRIA Y PYMES

REAL DECRETO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS INDICACIONES GEOGRÁFICAS DE PRODUCTOS ARTESANALES E INDUSTRIALES.
Objetivo: Por medio del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1001 y (UE) 2019/1753, se crea un nuevo título jurídico de propiedad industrial que otorga una protección unitaria en la Unión Europea (UE) para las Indicaciones Geográficas de Productos Artesanales e Industriales (también llamadas Indicaciones Geográficas no agrícolas). Este Reglamento exige desarrollo normativo nacional, ya que el procedimiento de registro de una Indicación Geográfica de Productos Artesanales e Industriales constará de dos fases: una nacional y otra a nivel de la Unión. En este sentido, cada Estado Miembro, como responsable de la primera fase nacional, debe designar a más tardar el 1 de diciembre de 2025, una autoridad competente para su implementación. Mediante este Real Decreto se prevé llevar a cabo el desarrollo reglamentario, a nivel nacional, de todas aquellas cuestiones que lo requieran. Concretamente, se regularán aspectos procedimentales asociados a la solicitud y concesión de este nuevo título de Propiedad Industrial.

JUSTICIA

LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEGISLACIÓN PROCESAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS FRENTE A LAS DEMANDAS ESTRATÉGICAS CONTRA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
Objetivo: Transponer al ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2024/1069 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas («demandas estratégicas contra la participación pública»). La Directiva tiene por objetivo eliminar los obstáculos al buen funcionamiento de los procesos civiles, al tiempo que se protege a las personas físicas y jurídicas que se impliquen en la participación pública en asuntos de interés público, incluidos periodistas, editores, organizaciones de medios de comunicación, denunciantes de irregularidades y defensores de los derechos humanos, así como organizaciones de la sociedad civil, ONG, sindicatos, artistas, investigadores y académicos, frente a acciones judiciales interpuestas contra ellas para disuadirlas de la participación pública. La Directiva establece una serie de garantías pero los Estados miembros podrán introducir o mantener disposiciones más favorables.

MEDIOAMBIENTE

LEY DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO (UE) 2023/1115 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 31 DE MAYO DE 2023, RELATIVO A LA COMERCIALIZACIÓN EN EL MERCADO DE LA UNIÓN Y A LA EXPORTACIÓN DESDE LA UNIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS ASOCIADOS A LA DEFORESTACIÓN Y LA DEGRADACIÓN FORESTAL Y DEL REGLAMENTO (CE) N.º 2173/2005 DEL CONSEJO, DE 20 DE DICIEMBRE DE 2005, RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE LICENCIAS FLEGT APLICABLE A LAS IMPORTACIONES DE MADERA EN LA COMUNIDAD EUROPEA.
Objetivo: Establecer el régimen sancionador aplicable en España en relación con el cumplimiento del Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023. Asimismo, establecer los procedimientos de coordinación y colaboración entre autoridades competentes y otras administraciones implicadas, a nivel sectorial y territorial, así como otras medidas necesarias para la aplicación del Reglamento EUDR y FLEGT.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLAN ASPECTOS RELATIVOS AL MECANISMO DE AJUSTE EN FRONTERA POR CARBONO.
Objetivo: Determinar los aspectos que afectan a la aplicación en España del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono. Entre estos aspectos, se desarrollarán cuestiones relacionadas con la solicitud y concesión de la autorización del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, las obligaciones de los autorizados, apertura de cuentas en el Registro del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, y otras posibles cuestiones pendientes de desarrollo en reglamentos comunitarios que puedan necesitar desarrollo reglamentario nacional.

POLÍTICA ECONÓMICA:

LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR EL TAMAÑO DE LAS EMPRESAS O GRUPOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN CORPORATIVA.
Objetivo: Adaptar la legislación interna española a los cambios incorporados por la Directiva Delegada (UE) 2023/2775 de la Comisión, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al ajuste de los criterios de tamaño de las empresas o grupos de tamaño micro, pequeño, mediano y grande.

RELACIONES INTERNACIONALES:

REAL DECRETO DEL FONDO ESPAÑOL DE DESARROLLO SOSTENIBLE.
Objetivo: Se busca, en desarrollo de lo establecido en la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, establecer un nuevo marco regulatorio para la cooperación española que sirva como instrumento de cooperación financiera sin personalidad jurídica propia, que persiga el desarrollo sostenible de los países socios, todo ello en el marco de las metas globales en la materia, por medio de inversiones y transferencias de recursos económicos de naturaleza reembolsable y no reembolsable.

SANIDAD:

REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA LA ELABORACIÓN Y DISPENSACIÓN DE FÓRMULAS MAGISTRALES TIPIFICADAS DE PREPARADOS ESTANDARIZADOS DE CANNABIS.
Objetivo: Establecer las condiciones de prescripción, elaboración, dispensación y uso de las fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis; definir el preparado normalizado y establecer el registro de dichos preparados, las condiciones que deben cumplir y la información que debe presentarse para su registro; establecer las directrices que deben cumplirse en la fabricación de los extractos estandarizados y los preparados normalizados de cannabis; establecer el marco para la publicación de las monografías correspondientes en el Formulario Nacional, que serán de obligado cumplimiento, y definir las condiciones de fiscalización y medidas de control aplicables al cannabis y a los preparados estandarizados de cannabis, en función de su condición de estupefacientes o de su contenido en principios activos psicotrópicos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA AGENCIA ESTATAL DE SALUD PÚBLICA.
Objetivo: Regular el estatuto de la nueva Agencia Estatal de Salud Pública, cumpliendo con lo dispuesto en la disposición final primera del anteproyecto de Ley por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL SISTEMA DE VIGILANCIA DE CÁNCER DE LA RED ESTATAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA.
Objetivo: Regular el Sistema de Vigilancia de Cáncer incluido entre los sistemas de vigilancia de enfermedades no transmisibles, como se recoge en el artículo 13.2 a) del Real Decreto 568/2024, de 18 de junio, por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL PLAN ESTATAL DE PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE A AMENAZAS PARA LA SALUD PÚBLICA.
Objetivo: Desarrollar el Plan estatal de preparación y respuesta frente a amenazas para la salud pública, estableciendo los mecanismos de gobernanza, las capacidades y recursos necesarios para garantizar la preparación y respuesta frente a emergencias de salud pública de importancia nacional, incluyendo el mecanismo de declaración de una situación de emergencia de salud pública a nivel nacional y de la formulación de recomendaciones temporales sobre medidas coordinadas de salud pública.
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY 13/2022, DE 7 DE JULIO, GENERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, RELATIVA A COMUNICACIONES COMERCIALES AUDIOVISUALES.
Objetivo: Desarrollar reglamentariamente aquellos aspectos regulados en la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, referidos a las comunicaciones comerciales audiovisuales que requieran un mayor grado de concreción de lo dispuesto en dicha ley. Desde el punto de vista de los prestadores de esos servicios, se pretende garantizar su derecho a difundir comunicaciones comerciales audiovisuales dentro de un marco jurídico que ofrezca seguridad jurídica, y que sea lo suficientemente flexible para poder adaptarse a la realidad cambiante del sector; y desde la perspectiva de protección de los usuarios, se contemplan medidas de identificación de la publicidad, prohibición absoluta de comunicaciones comerciales especialmente graves (vulneración de dignidad humana o incitación a la discriminación), de protección de la salud (alimentos, bebidas alcohólicas) o protección específica para los menores de edad.