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  • Cadena Agroalimentaria, Distribución Comercial, Industria Alimentaria
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La ley para la mejora del funcionamiento de la cadena ha entrado en su fase decisiva, ya que tras la negociación con los sectores el MAGRAMA deberá, en breve, dar cuerpo al Código de Buenas Prácticas que el propio texto legislativo establece en su articulado.

Como siempre, la negociación no esta siendo fácil, pero hay una oportunidad de hacer de este «modelo mixto» de regulación -una parte obligatoria con las reglas esenciales a respetar y con sistema propio de infracciones y sanciones, complementado con este código voluntario- el modelo en que Europa pueda reflejarse para tener ese marco común que muchos hemos defendido. De poco sirve encontrar un marco jurídico nacional válido si luego nuestros socios europeos, a los que más vendemos fuera, mantienen cada uno su propio sistema.

España tiene aquí pues la oportunidad de exportar su modelo para resolver de una vez los desequilibrios en la cadena alimentaria europea. Buena prueba de esas diferencias existentes en la regulación de las relaciones comerciales en la cadena está en la comparación con Francia.

Nuestro vecino, tradicionalmente, ha sido uno de los espejos en los que nos hemos mirado en la búsqueda de soluciones. Personalmente, considero que su marco legislativo y administrativo es demasiado complejo y pesado para resolver la  problemática de las relaciones comerciales, y no siempre aporta soluciones válidas. Pensemos por ejemplo en la obligación existente de cerrar la negociación comercial antes del primer trimestre de cada año, que se vigila muy de cerca por las Autoridades (Economía,  Comercio y Agricultura) y que es causa de  cruces de declaraciones en público, en algunos casos, bastante duras. Recomiendo la consulta de las notas de prensa de la industria en wwww.ania.net.

Por contra, lo que sí es positivo del modelo francés es su constante evolución, su disposición a aprender de la realidad y a modificar el marco legislativo para adaptar la realidad a la lógica del equilibrio en el mercado. En este sentido, merece la pena detenerse en el debate abierto recientemente para la modificación de la denominada Ley Macron, con cinco cuestiones de gran interés :

  1. Enmarcar los contratos entre franquiciados y enseñas comerciales de manera que la ley puede obligar a éstas a vender establecimientos si tienen mas del 50% de la parte de mercado de una zona de «sobre-concentración», de manera que así se puedan evitar «prácticas de precios y de márgenes injustificados». Esta medida parece dirigida contra Casino, con una clara ventaja en París, y Carrefour, en algunas zonas de la capital francesa. Curiosa medida ésta desde España, donde la franquicia adquiere un auge importante en los últimos tiempos.
  2. El Ministerio de Economía o el Prefecto podrán intervenir en el procedimiento administrativo de autorización de licencia con antelación a la apertura de una tienda si la enseña en cuestión puede afectar a la competencia en la zona o, simplemente, impide la entrada de nuevos operadores.
  3. Cualquier operación de concentración -adquisición, fusión- deberá notificarse dos meses antes de hacerse efectiva a las Autoridades de la Competencia, haciendo uso del derecho que gráficamente definen en francés como «poner el pie en la puerta».
  4. Las prácticas restrictivas que detecte la Autoridad de la DGCCRF -Represión del Fraude, Ministerio de Agricultura- podrán castigarse con hasta un 5% de la cifra de ventas de la enseña en Francia, incrementando notablemente el importe de las multas.
  5. Por ultimo, se incluye a las MDD en las cláusulas de renegociación obligatoria cuando el alza de las materias primas así lo justifique.

Dos modelos, distintas soluciones para un mismo problema, y aunque siempre se aprende , no es menos cierto que necesitamos un marco común europeo .