La Comisión Europea tiene como objetivo reemplazar la NFRD (Directiva de informes no financieros) con la CSRD (Directiva de informes de sostenibilidad corporativa). El proyecto de Directiva, que está previsto que entre en vigor en 2023, se publicó en abril de 2021, y su objetivo es igualar la información sobre sostenibilidad a la información financiera.
Con ello, la Comisión busca que las empresas sean transparentes también en este ámbito para que los inversores y otras partes interesadas tengan toda la información necesaria y a mano a través de un proceso de notificación más simple y en formato digital, creando a tales efectos una plataforma digital de acceso público (Punto de Acceso Único Europeo, PAUE).
La Directiva en discusión se aplicará a unas 50.000 empresas de la Unión Europea, basándose principalmente en todas aquellas que cumplan el umbral de «grandes» (>250 empleados). Cinco veces más que las 11.000 que actualmente están en el ámbito de aplicación de la NFRD.
También afectará a las PYMES y a las microempresas: Si cotizan en bolsa, no tendrán que adoptar los cambios hasta tres años desde la entrada en vigor de la Directiva. Si no cotizan en bolsa, se adoptarán otras normas proporcionadas.
Entre los principales cambios de la CSRD en comparación con la antigua NFRD se destaca que estos informes ya no se llamarán “Información no financiera”, sino que deberán titularse como “Información de Sostenibilidad”, para darle a este apartado el mismo rango que la “Información financiera”.
La Directiva modificaría cuatro actos legislativos existentes, a saber:
El Grupo Consultivo de Información Financiera (EFRAG) será el encargado de crear, como órgano técnico de apoyo de la Comisión, las normas armonizadas de “Información de Sostenibilidad”. En concreto, definirá los temas que deben estar plasmados en los informes y qué impacto tienen las actividades de una empresa en la sostenibilidad, así como de qué manera afectan estos asuntos a la empresa. Todo ello en cuatro áreas: medio ambiente, derechos sociales y laborales, derechos humanos y lucha contra la corrupción.
La responsabilidad de que esta Directiva se cumpla es compartida y colectiva entre los órganos de administración, gestión y supervisión de la empresa. Y, si no se cumple, los Estados Miembros introducirán como mínimo tres tipos de sanciones: Declaración pública (name and shame), orden de cese y desistimiento y sanción pecuniaria.
Además, la propuesta introducirá por primera vez un requisito de auditoría de terceros del informe, y requiere que los auditores legales lo informen anualmente a la autoridad competente (aún por definir).
Aunque todos estos cambios no se aplicarán hasta 2024, que será cuando las empresas plasmen en sus informes todos los cambios realizados correspondientes al ejercicio de 2023.
El siguiente paso es que el Parlamento Europeo y los Estados Miembros negocien en el Consejo un texto legislativo final sobre la base de la propuesta de la Comisión. Paralelamente, el EFRAG comenzará a trabajar en un primer conjunto de borradores de estándares, que está previsto estar listo para mediados de 2022. El calendario definitivo dependerá de cómo progresen el Parlamento y el Consejo en sus negociaciones.
Éste no deja de ser otro paso más para impulsar la sostenibilidad de las empresas desde todos los ángulos, esta vez obligándolas a portar información relevante y continuada sobre sus avances en la materia. Ahora, los mercados financieros pasarán a estar en el punto de mira de los legisladores de la UE (Paquete de Finanzas Sostenibles).
La Comisión Europea pretende (re)orientar las inversiones en las empresas y fomentar la concesión de préstamos especialmente favorables a aquellas que cumplan una serie de aspectos de sostenibilidad.